Elecciones municipales en Montilla. Siglo XIX

Dentro de pocas semanas, miles de montillanos tendremos el derecho de manifestarnos políticamente a través de las urnas.  Muchas personas esperan este momento cada cuatro años para ejercer la expresión más palpable que actualmente, nos guste o no, tenemos de democracia. Para otras, las elecciones sólo suponen una pérdida de tiempo, un gasto desproporcionado o, en todo caso, una molestia inútil.

En todo caso, no debemos olvidar que estamos frente a un derecho de sufragio activo que ha costado, valga la expresión, sangre, sudor y lágrimas. El sufragio electoral se consiguió y aumentó gracias a los esfuerzos de numerosos movimientos sociales que, a partir de finales del siglo XVIII, comenzaron a organizarse con el propósito de mejorar sus condiciones de vida y su participación en los asuntos de gobierno.

En este primer momento, el propósito era limitar el poder del gobernante y someterle a un mínimo de control popular. Poco a poco, estas reivindicaciones alcanzaron España y, curiosamente, triunfaron -en parte- gracias a un Gobierno extranjero.

Así, la invasión napoleónica contribuyó a un vacío de poder en España que fue aprovechado por la resistencia, encabezada por la Junta Central, para convocar las Cortes en la ciudad de Cádiz. Fruto de ellas surgió el primer Parlamento moderno de la historia de España y su primera Constitución, La Pepa; con ella, las primeras elecciones.

 

1812, origen de las elecciones municipales en Montilla

Acerquémonos. Estudiemos las elecciones en Montilla. Año 1812. El 16 de octubre, un edicto de don Francisco de Paula Zamora, Alcalde Mayor del Pueblo y Juez de Primera Instancia, convoca las primeras elecciones modernas en la historia de Montilla. Cita a los concurrentes en las Casas Consistoriales, el domingo 18.

Se elegirá un número de diecisiete electores que serán quienes decidan el futuro alcalde. Se trata, por tanto, de una elección indirecta. El edicto, siguiendo las directrices que marca la recién promulgada Constitución de Cádiz, indica que podrán tener voto los ciudadanos avecinados, que sean contribuyentes y residentes en la parroquia montillana.

Asimismo, para ser elector se ha de tener un mínimo de veinticinco años. Curiosamente, se le niega el voto a aquellos que hubieran tomado directa o indirectamente parte con el Gobierno intruso o hayan servido a éste, en el ínterin y hasta tanto no purifiquen su conducta política (I), en un claro ejemplo del carácter revolucionario y rupturista de La Pepa.

En las actas que reflejan la votación de los diecisiete electores, se hace pública la decisión de cada uno de los votantes. En pura contradicción con la actual regulación y rigidez horaria de las elecciones, en esta ocasión se realizó a lo largo de dos días, ya que el primero hubo de suspenderse al ser cerca de las oraciones (II). El escrutinio electoral, hecho público el 22 del mismo mes, contempla la relación de diecisiete electores que decidirán la futura corporación. El listado viene encabezado por Francisco Tinoco, José Panefa y Rafael Jurado.

Atendiendo al vecindario de Montilla, corresponde un Ayuntamiento formado por dos alcaldes, ocho regidores y dos procuradores síndicos. El veinticinco de octubre se realiza la votación definitiva y un día después se conocen los resultados, quedando compuesto el Ayuntamiento por José Barrera Panefa y Francisco Tinoco, como alcaldes ordinarios.

Deduciendo, como puede deducirse según los nombres que aparecen en las diferentes actas de estas elecciones, que en ciertas ocasiones se omite el apellido Barrera en la persona de José Panefa, vemos que quienes más votos obtuvieron en las votaciones a electores fueron elegidos posteriormente como alcaldes.

Siguiendo con el escrutinio, resultaron regidores José Ladrón de Guevara, Diego Pérez Alcalde, Lorenzo Almogueras, Cristóbal Bonilla, Francisco Solano Muñoz, Antonio de Aguilar, José Marabón y Francisco de Luque Rubio. Como procuradores síndicos se eligió a Cristóbal Carbonero y a Francisco Carretero (III).

Tenemos así lo que fue el primer Ayuntamiento constitucional en la historia de Montilla, que se remonta a hace casi doscientos años. Las diferencias con las actuales corporaciones municipales son evidentes. Así, en una carta del Gobierno Superior Político de Córdoba, fechada el 13 de agosto de 1813, se avisa a los municipios de que se suprimen los sueldos que en algunos pueblos de la Monarquía disfrutaban los alcaldes, regidores, procuradores síndicos; y los que en adelante se nombran para estos cargos, los desempeñarán gratuitamente (IV).

Sátira sobre el sistema de turnos. Revista El Loro, 24 diciembre 1881. (Hemeroteca Municipal de Madrid)

 

Elecciones en el Siglo XIX

La vuelta del Absolutismo en España en 1814 eliminó de un plumazo la Constitución de Cádiz y los Ayuntamientos constitucionales. No obstante, durante el Trienio Liberal aparece una figura digna de mención. Así, en 1822 se crea en Montilla la institución del Alcalde de Barrio.

Según una Instrucción de abril de 1821, sus funciones son poco gubernativas y muy policiales, ya que velarán por la convivencia y buena vecindad, visitando posadas, mesones, caballerías, casas de juego, tabernas y oficinas públicas. Llevarán un registro de los vecinos que correspondan a su distrito y, como símbolo de su poder, usarán bastón con puño de marfil o plata.

El escrutinio realizado designa a Gabriel González, Francisco Sotomayor, Manuel Rodríguez de la Cruz y Santiago de Jorge como alcaldes del distrito de la Parroquia del Señor Santiago; a Mariano Cabello, Agustín de Luque Sánchez, Claudio José del Real y Tomás Aroca, del distrito de San Francisco Solano; y a Francisco Anastasio Panadero, José de la Paz Requena, Antonio Polonio y Antonio de Haro, del distrito de San Sebastián (V).

Queriendo centrarme en las primeras elecciones “democráticas” en la historia de nuestra ciudad, no quiero cargar el artículo con nombres y cifras que, en caso de un mayor interés, se pueden consultar en el Archivo Municipal de Montilla, Sección «Elecciones Municipales».

No obstante, algunos aspectos político-electorales del siglo XIX sí merecen mención. La llegada al trono de Isabel II en 1833 y la posterior Ley de Ayuntamientos de 1845 trajo un nuevo sistema que, grosso modo, suponía el nombramiento del alcalde directamente por la Corona o, en su defecto, por instituciones dependientes del Gobierno central.

Se llegó a un bipartidismo y a un sistema de alternancia política entre el Partido Moderado y la Unión Liberal que, evidentemente, afectó también a la vida política municipal. Entre 1843 y 1868 gobernaron Montilla quince alcaldes diferentes, siete de ellos en más de una ocasión.

Manuel Benítez Zafra, médico moderado, accedió a la Alcaldía en cinco ocasiones. Durante el período isabelino, Francisco Muñoz-Repiso del Río, progresista, fue el alcalde de más edad, tras gobernar durante diecinueve días en julio de 1843; Juan Mariano Algaba y Trillo, abogado de 32 años e igualmente progresista, fue el más joven en acceder al cargo, en 1856.

En 1864, tras ser cesado el gabinete del unionista Aguilar-Tablada y sustituido por otra Corporación, y luego de varios meses de denuncias, recursos y acusaciones de malversación de fondos y fraude electoral, la Audiencia de Sevilla anuló la primera destitución, con lo que Montilla se encontró con dos corporaciones “legales”.

Ese mismo año, el 26 de octubre, apareció en el Diario de Córdoba un artículo de José María de Aguayo y Trillo, que señalaba las características que debía poseer el futuro alcalde: «[…] Para ello es indispensable que el hombre que se ponga al frente de esta Administración sea un buen patricio, es decir, que una vez y otra tenga probado su amor al pueblo en que nació, que comprenda sus necesidades y que acierte con los medios de remediarlas; se necesita también que sea inteligente y puro, y que no se halle ligado con partido ni camarilla alguna» (VI).

 

En su día, cuando este artículo salió a la luz por primera vez, dediqué una despedida musical a Inmaculada de Castro.

Decía Andrés Calamaro que «la historia se escribe en hojas desordenadas». Puede ser cierto. En Montilla, Inmaculada de Castro se encarga se poner en orden las páginas de la nuestra, siempre alerta para atender al curioso y, en ocasiones, impertinente viajero de la Historia. Le agradezco su dedicación.

Quede de nuevo patente la pasión y esfuerzo con el que desarrolla su labor al frente del Archivo Municipal de Montilla.

 

Montilla, 12 de junio de 2015

(Artículo derivado del publicado originalmente en la sección Memento -Montilla Digital-, en mayo de 2011)

 

 Notas:

  • (I) Archivo Municipal de Montilla –AMM-. Elecciones Municipales. Legajo 604A, Expediente 2.
  • (II) idem.
  • (III) idem.
  • (IV) idem.
  • (V) AMM, id. Expediente 6.
  • (VI) Montilla en las Hojas del Diario de Córdoba. Espino Jiménez, F.M. Montilla, 1999.

 

Otras fuentes:

  • “La concepción del poder municipal en el reinado de Isabel II: su praxis en Montilla (1843-1868)”. Espino Jiménez, F.M, en Actas de las III Jornadas sobre Historia de Montilla. Montilla, 2001.
  • Olas de democracia. Movimientos sociales y cambio político. Markoff, J. Ed. Tecnos. Madrid, 1998.

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